Fuente:https://www.zonaprop.com.ar/noticias/mercado-inmobiliario/comprar-una-casa-cuestiones-legales-cuenta/
Al momento de elegir la casa a la que te vas a mudar no sólo tenés que pensar en los ambientes que necesitás, la ubicación de la misma y su valor, sino también en los aspectos legales de la compra. Como comprador, no podés dejar de chequear los siguientes puntos. Te explicamos los pasos a seguir para comprar una casa:
1) Pasos a seguir en una compra-venta:
En algunos casos, podría no hacerse una reserva o, incluso, no firmarse un boleto de compra-venta y entonces se concretaría directamente la escrituración. Este último paso es el que no puede omitirse en transacciones de este tipo.
2) Documentación en orden.
A saber:
Escritura:
Se trata de un documento que firma y corrobora un escribano para inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad Inmueble de cada provincia. Cuando tengas la copia de la escritura tenés que revisar que cumpla con:
– Que los metros construidos estén declarados y aparezcan en la escritura como tal.
-Que coincidan los metros de terreno físicos. Si no es así, se sugiere consultar al escribano cuál es el procedimiento a seguir para hacer los ajustes necesarios.
-Que los límites del inmueble sean los correctos.
Informe de dominio: es un documento que emite el Registro de la Propiedad Inmueble. Se trata de una fotocopia de la ficha del Inmueble que especifica su ubicación y dimensiones, quién es el dueño hoy y si tiene algún gravamen, como una hipoteca o embargo. Es necesario cotejar que las medidas y superficies del inmueble se correspondan con las que uno cree comprar.
Informe de Inhibiciones: también, lo emite el Registro de la Propiedad Inmueble. De este documento surge la situación actual del vendedor, si está inhibido o no para vender. Un dato importante: hay que solicitar un informe por el dueño y otro por el inmueble.
Constancia de pago de impuestos y servicios: antes de la escritura, el escribano solicitará los estados de deuda del inmueble para saber si existe alguna deuda. En caso de que exista una deuda, el escribano deberá retener el importe correspondiente al momento de la firma. Si se tratara de un departamento, no hay que olvidar solicitar la certificación de deudas.
Certificado ITI o Ganancias: el certificado de no retención del impuesto a la transferencia (ITI) se trata de un impuesto de un 1,5% del monto de la escritura que se grava por aquellas propiedades, no destinadas a casa-habitación, compradas antes del 1 de enero de 2018. Por otro lado, el Impuesto a las Ganancias se grava por la utilidad que se genera con la venta, a través de una alícuota (cuota proporcional) del 15% sobre la diferencia entre el valor de compra y el valor de venta del inmueble. De acuerdo a la utilidad que se genere por la propiedad o el destino de la misma, se pagará uno u otro. (Más información en: ITI vs Ganancias)
3) Datos útiles:
Crédito: Nattanan Kanchanaprat en Pixabay